jueves, 6 de mayo de 2010


Hace unos días vi la película Seraphine, acerca de una mujer distinta. Amaba sentarse en el campo abierto, hablar con los árboles, encaramarse, tocar las hojas, cantar en su propio lenguaje y mundo. Su oficio era hacer de todo: limpiar casas, ayudar en una carnicería, sacar manchas a las sabanas lujosas de los ricos de su época, pero algo que nadie conocía de Seraphine y que ella sabiamente atesoraba era el amor por el arte. Después de un día largo y las presiones económicas que tiene cualquier mortal que no ha sido agraciado con la riqueza, cerraba sus puertas y entraba en su hora de mayor predilección: fabricar su propio vino, su propia pintura…. Cantaba y pintaba su percepción. Recomiendo la película, y aunque no quiero dañar la historia, Seraphine era una persona increíblemente talentosa, pero al mismo tiempo con una enfermedad mental que se fue deteriorando y cronificando. Producto de esto, en un momento clave de la película, ella es recluida en un psiquiátrico de la época, aislada en cuarto blanco se sumergió en una gran tristeza y vean la película para que vean el final!

El punto es que me hizo pensar en la situación los hospitales psiquiátricos, es uno de los lugares del mundo donde se dan más violaciones a los derechos humanos de las personas, de todas formas y a todos los niveles. Mi intención no es acusar, pero el concepto en sí de este tipo de instituciones, las fuertes raíces de discriminación ligadas al tema de los trastornos mentales, así como un formación de los profesionales que trabajan en esa área basada en una trayectoria y base muy limitada y estigmatizadora, le convierten en esto. Recordemos que cuando la mente de uno esta afectada seriamente, es como una persona que pierde la vista de repente, se vuelve completamente dependiente de los demás y vulnerable a lo decidan los demás que debe ser su camino

En este punto, vale mencionar que muchas veces las familias más afectadas son las de escasos recursos, ya que tienen otras necesidades inmediatas como comer, sobrevivir, y usualmente una formación deficiente que les impide incidir para exigir sus derechos. Añadido a esto, tienen que lidiar de forma pública con altos niveles de maltrato en su comunidad y vida diaria proporcionados por el estigma (piensen en alguien que ha tenido que ir al “28” y la comunidad conoce de esto) y la falta de psicoeducación en el tema. Ellos pudieran ser los mejores abogados, representantes de la voz que ya sea por un momento o por siempre ha perdido su familiar, sin embargo, la carga emocional, social y económica ligada a tener un familiar con un trastorno mental drenan las energías.

¿Qué pasa a nivel de Latinoamérica y qué dice nuestra legislación (República Dominicana)?

El internamiento involuntario es cuando se realiza una admisión hospitalaria sin el consentimiento del paciente, por solicitud de un tercero y luego de la evaluación de un psiquiatra autorizado. En América Latina, un alto número de personas con trastornos mentales son confinadas a instituciones psiquiátricas por periodos indefinidos con justificación pobre y/o sin revisión (PAHO, 2005, p.367), esto implica violaciones serias y sistemáticas a los derechos y libertades de estas personas. La información de internamientos involuntarios en la República Dominicana en las unidades de hospitalización psiquiátricas es inexistente, aunque se estima que en el Hospital Psiquiátrico Padre Billini cerca de un 70% de los internamientos son involuntarios (OMS, OPS, SESPAS, 2008, p.17).

Las normas internacionales de derechos humanos que han sido ratificadas por la República Dominicana, así como la legislación nacional son claras y especificas en señalar que dicho procedimiento solo debe darse en excepciones. La ley sobre salud mental (12-06), en su artículo 67 establece que una persona solo puede ser admitida involuntariamente o retenida involuntariamente posterior a un internamiento voluntario, si un médico calificado y autorizado por la ley para esos fines determine y certifique por escrito, que esa persona padece un trastorno mental. También debe comprobar que:

a) Que el trastorno mental es grave y su capacidad de juicio está seriamente afectada.

b) La persona representa daño inminente para si misma y/o terceros.

c) Si no se le admite o retiene puede llevar a un deterioro considerable de su condición o impedir que se le proporcione un tratamiento adecuado que sólo puede aplicarse si se admite el paciente en una institución de salud mental de conformidad con el principio de la opción menos restrictiva.

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